Acerca de

El Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva es un organismo público descentralizado, con autonomía técnica y de gestión encargado de la rectoría y conducción del proceso integral planeación del desarrollo de la Ciudad.

El Instituto tiene por objeto la rectoría y conducción del proceso integral de planeación del desarrollo de la Ciudad, en coordinación con los demás entes de la Administración Pública Local, Alcaldías y la concurrencia participativa de los sectores académicos, culturales, sociales y económicos.

l. Formular el Plan General, el Programa General, sus actualizaciones y modificaciones, y dar seguimiento a su ejecución;

II. Formular el Programa de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación y sus actualizaciones, en coordinación con las instancias competentes, que será parte integral del Plan General y se revisará cada tres años;

III. Asegurar, en articulación con el Sistema lntegral de Derechos Humanos, que el Sistema de Planeación promueva la transversalización de programas, políticas públicas y acciones gubernamentales, así como su evaluación y reorientación en materia de derechos humanos;

IV. lntegrar un Sistema de lnformación Estadística y Geográfica científico, público, accesible y transparente. La información generada deberá estar disponible en formato abierto a través de la Plataforma de Gobierno;

V. Formular los diagnósticos y estudios requeridos por los procesos de planeación y prospectiva;

VI. Elaborar el Sistema de Indicadores de la Ciudad a utilizar en las diversas etapas del Proceso Integral de Planeación, el que dará prioridad a la definición y actualización de los indicadores para la fijación de metas y el cumplimiento progresivo en materia de derechos humanos;

VII. Asegurar que la Administración Pública Local y las Alcaldías integren en sus instrumentos de planeación los criterios de orientación, medidas de inclusión, de nivelación, así como acciones afirmativas establecidas en el Programa de Derechos Humanos;

VIII. Formular y emitir los dictámenes técnicos para la actualización de los usos del suelo conforme a los principios y lineamientos previstos en la Constitución y las leyes aplicables;

IX. Participar en la integración de los instrumentos de planeación para la Zona Metropolitana del Valle de México y en los acuerdos regionales en los que intervenga la Ciudad de México;

X. Promover, convocar y capacitar a la ciudadanía y organizaciones sociales para participar en todas las etapas y escalas del proceso integral de planeación, para lo cual podrá apoyarse en instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil; transparentar y difundir el conocimiento sobre la Ciudad, mediante la Plataforma de Gobierno, observatorios ciudadanos y otros mecanismos de participación ciudadana establecidos en la Constitución y las leyes;

XI. Formular los dictámenes de los instrumentos de planeación que correspondan, así como generar recomendaciones, en caso de incongruencias;

XII. Analizar, en coordinación con las instancias competentes, la congruencia y alineación entre la asignación presupuestal del gasto, las estrategias y acciones establecidas en el Plan General y los demás planes y programas aprobados, así como generar recomendaciones, en caso de incongruencias;

XIII. Determinar las dependencias y entidades de la Administración Pública Local y las Alcaldías que deberán contar con unidades administrativas especializadas y emitir los lineamientos y mecanismos para su funcionamiento;

XIV. Definir los lineamientos para la formulación y ejecución de los instrumentos de planeación, así como asesorar y apoyar técnicamente en su formulación, actualización o modificación;

XV. Coordinar y diseñar, y en su caso ejecutar, programas, estrategias y proyectos especiales que sean prioritarios en materias de bienestar social y economía distributiva, ordenamiento territorial, patrimonio, coordinación metropolitana y regional, relaciones internacionales, hacienda pública, seguridad ciudadana y demás materias concurrentes, conforme se definen en el título tercero de la Constitución, y

XVI. Las demás que le confiera esta Ley y demás ordenamientos legales.

Titular

Federico Taboada López

Titular de la Dirección General

Teléfonos:
55 5747 7103 ext.

La persona titular de la Dirección General del Instituto tiene las siguientes atribuciones:

  • Dirigir, representar legalmente y ejercer las funciones que le correspondan al Instituto, así como administrar sus recursos presupuestales, humanos y materiales;
  • Presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación:
  • El proyecto del Plan General y el proyecto del Programa General, así como sus actualizaciones;
  • El proyecto del Presupuesto Anual de Egresos del Instituto;
  • Los dictámenes y recomendaciones de los instrumentos de planeación con el Plan General;
  • Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana y acceso a la información en coordinación con el Consejo Ciudadano;
  • El Sistema de Indicadores, su definición y actualización, así como los informes de avances de metas y cumplimiento de derechos, con el acompañamiento del Consejo de Evaluación y la Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos;
  • El Sistema de Información, su definición y actualización, así como los informes de avances y consecución de objetivos respectivos;
  • El Mecanismo de Monitoreo, su definición y actualización, así como los informes de avances y consecución de objetivos respectivos; y
  • Proponer a la persona titular de la Oficina Especializada de Consulta y Participación Social, para su aprobación por la Junta de Gobierno.
  • Dar seguimiento a:
  • El proceso de aprobación del Plan General y del Programa General y, en su caso, aplicar las modificaciones conforme al procedimiento previsto;
  • La ejecución del Plan General y del Programa General; y
  • El cumplimiento de los acuerdos que apruebe la Junta de Gobierno.
  • Dirigir la elaboración de los lineamientos, metodologías, criterios, protocolos, estudios y demás instrumentos relativos a las etapas del proceso integral de planeación, que serán sometidos a consideración de la Junta de Gobierno;
  • Coordinar la realización de los dictámenes técnicos para la actualización de los usos del suelo;
  • Dirigir el Sistema de Información;
  • Coordinar la evaluación interna de los instrumentos de planeación;
  • Llevar a cabo las tareas necesarias de coordinación con el Consejo de Evaluación y la Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos;
  • Participar en la integración de los instrumentos de planeación para la Zona Metropolitana y en los acuerdos regionales en los que participe la Ciudad;
  • Remitir a la Secretaría de Administración y Finanzas la estructura orgánica del Instituto, una vez aprobada por la Junta de Gobierno y, en caso de existir modificaciones, enviarla a la misma instancia para los efectos legales conducentes;
  • Participar en las reuniones de la Junta de Gobierno como Secretario Técnico;
  • Suscribir los convenios de colaboración con centros de investigación, universidades, organizaciones de los sectores: público, social y privado, nacionales e internacionales, así como entes de la administración pública local y de otras entidades federativas y gobiernos locales;
  • Formular el programa de formación, actualización y profesionalización, previo diagnóstico de necesidades del personal del Instituto en las materias de planeación del desarrollo;
  • Apoyar a las unidades administrativas especializadas de planeación de los entes de la administración pública local y las Alcaldías en la formulación, actualización o modificación, así como el monitoreo de sus instrumentos de planeación; y
  • Las demás que se determinen en el Reglamento.

Arquitecto y Urbanista mexicano cuyo trabajo se ha centrado en el diseño, planeación y ejecución de proyectos y políticas públicas en las áreas de: Planeación urbana, vivienda, movilidad y espacio público.


Como funcionario público ha participado en los tres niveles de gobierno y ha sido colaborador de organismos internacionales como ONU-Hábitat.


Estudió en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey y en la UNAM.

Estructura orgánica